El Ayuntamiento de Salobreña ha celebrado esta mañana un breve pleno extraordinario cuyo único punto era la resolución de las alegaciones contra la modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa de basura. En el periodo de un mes abierto para este procedimiento solo se presentaron dos alegaciones de particulares, y ambas han sido desestimadas por la corporación a instancias de los informes de los técnicos municipales.
A la sesión plenaria solo han acudido los miembros del equipo de gobierno socialista, mientras que no se ha presentado ninguno de los tres grupos de la oposición. Por tanto, la única intervención ha sido la del alcalde de Salobreña, Gonzalo Fernández Pulido, quien ha justificado la urgencia de la convocatoria señalando que si no se aprueba a tiempo la ordenanza, no podrá entrar en vigencia para el 1 de enero de 2014.
Tal como lo hiciera ayer a través de Radio Salobreña, el alcalde ha vuelto a señalar que los concejales no liberados tienen “excusa” para ausentarse de sus trabajos cuando se trata de un pleno municipal, en clara referencia a Ángel Coello, portavoz de IU, quien ayer anunció la ausencia de su grupo por incompatibilidad del horario del pleno con el de trabajo de los concejales. Respecto a las alegaciones, se han desestimado sin ninguna intervención.
Una vez finalizada la sesión, el alcalde ha explicado que la nueva ordenanza supone para el común de la ciudadanía una disminución cercana a los 4 euros trimestrales por vivienda, aunque de allí también se detrae la tasa de tratamiento de residuos, que ya no cobra el Ayuntamiento, sino que lo hace la Diputación en un recibo aparte.
En cuanto a los establecimientos hoteleros, el criterio que se aplica es el de número de habitaciones, por lo que según el primer edil, la tasa se rebaja considerablemente en el 90 por ciento de estas instalaciones, y solo se incrementa en aquellas que tienen un mayor número de habitaciones, que además ven incrementada su tasa por tener servicio de restauración.
En cuanto a las alegaciones desestimadas, una de ellas solicitaba que se tuviese en cuenta la temporalidad en estos establecimientos, ya que gran parte del año las habitaciones no están ocupadas; pero según el informe técnico, sí se ha tenido en cuenta esa situación. La segunda alegación hacía referencia al cobro en edificaciones situadas en suelo no urbanizable, es decir los cortijos, para los que se establece una tasa de 20 euros anuales. En este sentido, el primer edil ha señalado que es notorio durante los fines de semana que los contenedores situados en las entradas al municipio queden colapsados, lo que supone un gasto extra en limpieza, y por ese motivo también se ha desestimado.