Search
Close this search box.

El Ayuntamiento informa sobre las subvenciones de la Junta para la rehabilitación de edificios

Se trata de una nueva orden de ayudas dirigidas a las comunidades de propietarios de viviendas que deseen realizar obras de rehabilitación en los edificios.


La Consejería de Fomento y Vivienda de la Junta de Andalucía ha convocado el Programa de Fomento de la Rehabilitación Edificatoria, una nueva orden de ayudas dirigidas a las comunidades de propietarios que deseen realizar obras de rehabilitación en sus edificios. El plazo de presentación de solicitudes está abierto hasta el 12 de septiembre de 2016 inclusive.

Las comunidades de propietarios podrán financiar la rehabilitación en sus edificios mediante la ejecución de obras que tengan por objeto la conservación, la mejora de la calidad y la sostenibilidad, así como la realización de ajustes razonables en materia de accesibilidad. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las comunidades en las que al menos los propietarios de la mitad de las viviendas que componen el edificio tengan ingresos familiares ponderados no superiores a 3,50 veces el IPREM.

La cuantía máxima de subvención por edificio no podrá superar el 35% del coste subvencionable de las actuaciones. No obstante, en el caso de actuaciones que incluyan ajustes razonables en materia de accesibilidad, y solo en la partida correspondiente a estas obras, se podrá alcanzar el 50%. Además, la cuantía máxima no podrá superar el importe de multiplicar por 11.000 euros por cada vivienda y por cada 100 metros cuadrados de superficie de local.

 

La solicitud de rehabilitación del edificio deberá presentarse por un representante de la comunidad de propietarios elegido mediante acuerdo que le legitimará para intervenir en la tramitación del expediente.

Las obras que se pueden subvencionar son las de conservación, por ejemplo de la cimentación, estructura e instalaciones comunes, como las de electricidad, fontanería, gas, saneamiento, recogida y separación de residuos y telecomunicaciones, con el fin de adaptarlas a la normativa vigente; también las obras para la mejora de la calidad y la sostenibilidad, como la mejora de la envolvente térmica del edificio o la instalación de equipos que permitan la utilización de energías renovables; y las dirigidas a realizar ajustes en materia de accesibilidad, como la instalación o adaptación de ascensores, rampas u otros dispositivos, incluyendo los adaptados a las necesidades de personas con discapacidad sensorial, la instalación de grúas o artefactos análogos en zonas comunes del edificio.